El ministerio (41): Eficaz incluso en caso de fracaso

Es Dios quien elige a las personas para un ministerio. Pero esto no implica que el portador de ministerio no pueda fracasar en el ejercicio del mismo. En este caso, se debe a las personas, más precisamente, a distintas personas. ¿Qué ocurre cuando algo sale mal?

No se trata de tener éxito. Dios no espera eso de sus siervos, sino solamente que hagan su voluntad. Y, sin embargo, puede ocurrir que los portadores de ministerio ya no sean capaces de ejercer su autoridad ministerial en el marco de su encargo ministerial.

Sin embargo, esto no permite poner en duda el llamado original de Dios. Las causas son la imperfección y falibilidad de los seres humanos. Lo aclara el artículo “Elección y llamamiento para un ministerio” de la edición especial de Pensamientos Guía 2/2020.

Cuando depende del portador de ministerio

La carta doctrinaria da cuatro ejemplos de cuándo se hace difícil el ejercicio del ministerio: cuando el portador de ministerio se comporta de una manera no compatible con su ministerio, cuando no está vinculado al apostolado, cuando por su actitud pierde la confianza de sus hermanos y hermanas en la fe o cuando se rehúsa a colocar sus dones y fuerzas al servicio de la Iglesia.

Entonces los involucrados se privan de la bendición divina. A pesar de ello, los actos realizados en el marco de su autoridad ministerial siguen siendo válidos: los Sacramentos, las Absoluciones, las bendiciones y el anuncio de la palabra pueden seguir desarrollando todos sus efectos.

Cuando depende de la comunidad

Las debilidades humanas pueden conducir a que los miembros de la comunidad se muestren intolerantes o incluso adversos frente a un portador de ministerio. Entonces los involucrados ya no pueden cumplir su encargo junto a ellos. “Este fracaso, entonces, es atribuido a la comunidad”, dice la edición especial de los Pensamientos Guía.

Cuando depende del Apóstol

A veces resulta que los portadores de ministerio no cumplen como corresponde su ministerio, pese a todos sus esfuerzos. Entonces “el Apóstol debe tener la honestidad de cuestionarse a sí mismo”, subraya la carta doctrinaria. “Tal vez haya cometido errores al evaluar las necesidades de la comunidad o las capacidades del portador de ministerio”. En todo caso, el Apóstol tiene la obligación de apoyar al involucrado y a su familia y, si es necesario, adaptar el encargo a sus capacidades.

Cuando se debe a las circunstancias

A veces suceden cosas que hacen difícil o incluso imposible el ejercicio de su ministerio: problemas de salud, cambios en la vida familiar o profesional, así como cambios en la composición de la comunidad o en la organización de los distritos de la Iglesia.

“Tales modificaciones no ponen en duda el llamado de Dios”, afirma el artículo. Sin embargo, entonces es necesario considerar lo que Dios ahora espera, cómo pueden los involucrados ejercer su autoridad ministerial conforme a la voluntad de Dios y en qué medida es necesario adaptar el encargo ministerial.

Certeza también en la conducción

Todos estos aspectos son válidos en la misma medida para portadores de ministerio colocados mediante un encargo para cumplir una función de conducción como para aquellos colocados mediante un nombramiento para una función de ayudante. Esto se refiere sobre todo a los dirigentes de la comunidad, el distrito y la Iglesia regional.

En este caso, también se aplica lo siguiente: cualquier modificación no pone en duda el llamado divino. Esto se debe a que el encargo o nombramiento comprende desde el principio una tarea claramente definida dentro de un cierto contexto y con una duración determinada.

Según la carta doctrinaria, el factor decisivo es: “El hecho de saberse llamado por Dios le da al portador de ministerio, colocado mediante un encargo o un nombramiento, la certeza de que Dios lo apoya en su tarea y que bendice el trabajo realizado con fe, amor y en unidad”.


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Andreas Rother
19.12.2023
ministerio, declaraciones doctrinales